|
EL SUPREMO DA LA RAZÓN A UN JURADO FRENTE AL TRIBUNAL SUPERIOR CATALÁN SOBRE UN ASESINATO.
Fuente: EL PAIS.
La sentencia asume la interpretación del ensañamiento hecha por los jueces populares.
El Tribunal Supremo ha dado la razón al veredicto de un tribunal del jurado de Barcelona y ha confirmado la condena a 22 años y medio de cárcel impuesta al asesino de su compañera, a la que propinó 17 golpes en la cabeza antes de estrangularla. El Supremo anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que rebajó en siete años la pena impuesta por entender que no se produjo ensañamiento ni alevosía.
Según la inicial sentencia, de 28 de diciembre de 1999 -día de los Santos Inocentes-, los hechos ocurrieron en septiembre de 1997 en una fonda de Sabadell (Barcelona) en donde Rafael R. A. golpeó 17 veces en la cabeza a su compañera, a la que produjo otras tantas heridas, con objeto de, 'además de causarle la muerte, aumentarle deliberada e inhumanamente el dolor, causándole males innecesarios para conseguir dicho resultado'.
El Tribunal Superior catalán, sin modificar los hechos probados, eliminó la agravante de ensañamiento por estimar que no concurre su elemento subjetivo (la intención del autor de causar un daño innecesario a la víctima), consideró inexistente la agravante de alevosía (asegurar la comisión del delito sin riesgo para el que lo comete) y excluyó la agravante de parentesco por falta de una relación estable.
Por el contrario, la sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Granados, rechaza los argumentos del máximo tribunal catalán y confirma punto por punto las apreciaciones de la sentencia congruente con el veredicto del tribunal del jurado.
|