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España, viernes 18 de mayo de 2012

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T A S A C I Ó N   D E  C O S T A S

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 56
NEGOCIADO B.
MADRID

Propuesta de providencia de el/la secretario/a judicial
D./Dña. M. A. A. H.

En Madrid a uno de septiembre de dos mil.

Presentado el anterior escrito por el procurador Sr. M. G. al que acompaña minuta de honorarios de su letrada y nota de derechos del procurador, únanse a los autos de su razón con entrega de con entrega de copia a la parte contraria. Practíquese por la Sra. S. tasación de costas cuyo pago corresponde a la parte actora y en la que no se incluirán como derechos del procurador el concepto minutado como copias Art. 93, y desglose Art. 98, por ser actuaciones verificadas en interés exclusivo de la minutante; de la que se dará traslado a las partes para que en el término de 3 días puedan impugnarla, verificándose dicho traslado a través de sus respectivas representaciones en autos.

Lo que así se propone y firma, doy fe.

Conforme
El/la magistrado juez
D./Dña Mº del P. V. N.
El/la secretario/a

Comentario:

Los Procuradores estarían encantados de realizar copias de los escritos y documentos adjuntos que presentan en nombre de su cliente únicamente cuando éste así lo solicitase, si no fuera porque los artículos 515 y 516 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ordenan aportar, junto con aquéllos, tantas copias de los mismos como partes haya en el procedimiento. Es obvio, por tanto, que las copias no se realizan en interés exclusivo del cliente.

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